viernes, 29 de marzo de 2013

29 de Marzo de 1916 - Los toros con cuatro años por Real Decreto
Por Real Orden se autorizó eventualmente la lidia de toros desde la edad mínima de cuatro años y en el Reglamento para las Corridas de Toros firmado en el año 1924 aquella autorización quedó plasmada en precepto.

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